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Norma de Creación del Distrito

CREAN EN EL DEPARTAMENTO DE HUANUCO, EL DISTRITO DE AMARILIS, CUYA CAPITAL SERA PAUCARBAMBA
LEY No. 23419
Articulo 10. Créase en el Departamento de Huánuco, Provincia de Huanuco, el Distrito de Amarilis, cuya Capital serà Paucarbamba.
Artículo 20. Los limites del Distrito de A- marilis, trazados en la Carta Nacional 1/100,000 Hojas de Huánuco y Ambo, publicados por al Instituto Geográfico Militar, primera edición los años 1979 y 1969 respectivamente, son los si- guientes:
Por el Norte y Nor-Este. Con el Distrito de Santa Maria del Valle, a partir de un punto en el Rio Huallaga a 700 m. aguas abajo en línea recta de la desembocadura de la Quebrada de Challhuacocha, cuyas coordenadas son: 9 grados 52′ 30″ L.S. y 76 grados 12’1″ L.W. de este lugar sigue una línea que va describiendo una curva-ha- cia el Sur-Este,siguiendo un Thalweg seco hasta las cumbres del Cerro Allgahuanca, sigue por la divisoria de aguas entre las Cuencas de la Quebrada de Pumarinri y río Huallaga, hasta las cumbres del Cerro Cashacorana, sigue por la divisoria de aguas entre las Cuencas de la Quebrada de Pumarinri y Quebrada de Otymayo, hasta la cumbre del Cerro Verde Pozo a 4,264m. de altitud.
Santa
Por el Este. Con los Distritos de Maria del Valle y el Distrito de Molinos (este úl- timo de la Provincia de Pachitea).
De la cumbre del Cerro Verde Pozo, una línea con dirección Sur, siguiendo la divisoria de a- guas entre las Cuencas de las Quebradas de Pu- marinri y Pusacragra al Oeste, y las Cuencas del rio Cuchimachay y río Escalón al Este, pa- sando por las cumbres de los Cerros Cuchima- chay, Paraccuencho, Cuchimachay hasta la cum- bre del Cerro Quiullacocha, al Oeste de la La- guna Verdecocha.
Por el Sur y Sur-Este.- Con el Distrito de Conchamarca (Provincia de Ambo), a partir de la cumbre del Cerro Quiullacocha una línea ha- cia el Oeste siguiendo la divisoria de aguas entre las Cuencas de la Quebrada de Pusacra- gra y Quebrada de Osacocha, hasta las cumbres del Cerro Millpo, sigue hacia el Sur.Oeste, por la divisoria de aguas entre las cuencas de las Quebradas que pasa por el Fundo Huamancca- cca y la Cuenca de la Quebrada Osacocha pa- sando por la cumbre del Cerro Shuntur hasta un punto en el Rio Huallaga cuyas coordena- das son: 10 grados 1’8″ L.S. y 76 grados 13′ 33″ L.W. a 700 metros, en línea recta aguas arriba de la desembocadura de la Quebrada que pasa por el Fundo Huamanccacca
Por el Oeste. Con el Distrito de Huanu- co, siguiendo el cauce del rio Huallaga aguas abajo desde un punto de Coordenadas 10 grados 1’8″ L.S. y76 grados 13′ 33″ L.W. hasta otro punto en el Huallaga a 700 metros aguas abajo de la de. sembocadura de la Quebrada de Challhuaco- cha en las siguientes Coordenadas: 9 grados 52′ 30″ L.S. y 67 grados 12′ 1″ L.W.
Articulo 30- Derógase los dispositivos lega. les que se opongan a la presente ley. Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 10. de Junio de 1982.
FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República.
JOSE GAGLIARDI SCHIAFFINO, Ministro del Interior.