Acceso a la Información Pública

Solicitar acceso a la información pública Puedes acceder a la información de las instituciones del Estado según el principio de transparencia y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública. Las entidades públicas tienen hasta 10 días hábiles para responderte. Si no pudieran atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles contados desde que presentaste tu solicitud para decirte la fecha en que te puedes acercar a recoger la información y darte los motivos por los que no pueden atenderte dentro del plazo. Ten en cuenta que no puedes solicitar la siguiente información: Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas. Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional. Información clasificada en el ámbito militar. Información de negociaciones internacionales. Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil. Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final. Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial. Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.

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Oficio N° 104-2023-OCI-MDA

Oficio 635-2022-OCI-MDA

Publicación de RES. de baja y Relación de bienes muebles calificados como RAEE